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año:2005
 
institución:INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL (IFAM)
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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PAGE 2 R-DAGJ-792-2005 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del dieciocho de noviembre de dos mil cinco.-------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por la empresa Seguridad y Vigilancia Sevin Limitada, en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública No. 01-2005 promovida por el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal para la contratación de servicios de seguridad y vigilancia para las instalaciones del IFAM, acto recaído a favor de la empresa Inversiones Camarias S.A., por un monto total de ¢21.936.000. ------------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I. Seguridad y Vigilancia Sevin Limitada alegó en su recurso que su oferta fue descalificada indebidamente por no haber cotizado el impuesto sobre ventas, y con esto excede la disponibilidad presupuestaria para la contratación, además de que la garantía de participación resultó insuficiente. - II. La presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.-------------------- CONSIDERANDO I.- Hechos Probados: Esta División para la resolución del presente recurso ha tenido por probados los siguientes hechos: UNICO: Que el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal promovió la Licitación Pública No. 01-2005 para la contratación de servicios de seguridad y vigilancia para las instalaciones del IFAM, la cual se adjudicó a la empresa Inversiones Camarias S.A., por un monto anual de ¢21.936.000. (Ver folios D1 al D4 del Expediente de Apelación). ------------------------------ II.-De la admisibilidad del recurso presentado. Procedencia del recurso en cuanto al monto. En el Diario Oficial La Gaceta No. 34 del 17 de febrero de 2005, se comunicó la resolución R-CO-09-2005 de las 12 horas del 8 de febrero de 2005 emitida por el Despacho de la Contralo ...
Fecha publicación: 21/11/2005
Fecha emisión: 18/11/2005
Institución: INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL (IFAM)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores PAGE División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Lic. Carlos Luis Paniagua Murillo 2 28 de setiembre, 2005 I.F.A.M DI-CR-573 Al contestar refiérase al oficio Nº 12072 28 de setiembre, 2005 DI-CR-573 Licenciado Carlos Luis Paniagua Murillo Auditor Interno INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL Estimado señor: Asunto: Sustituciones temporales del Auditor Interno del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal Se da respuesta al oficio AI-114-2005 del 26 de agosto del 2005, en el cual señala que ese Instituto no dispone de la plaza de sub-auditor interno, lo que conlleva a que en las ausencias temporales del auditor (vacaciones, permisos capacitación), la auditoria se mantiene sin jefatura. Señala además que en el Reglamento de Organización y Funciones de la Auditoría Interna, el artículo 4° dispone que: “En caso de ausencia temporal del Auditor General, la Junta Directiva podrá designar para sustituirlo a un Auditor General Interino...” por lo cual consulta sí “. la designación por parte de la Junta Directiva, de un ‘Auditor General Interino’ que supla las ausencias temporales del Titular, con motivo de vacaciones, incapacidades, y otras causas, mediante la modalidad de recargar las funciones en un funcionario de la Auditoría Interna, requiere de la autorización previa de la Contraloría General de la República.”, ello por cuanto el párrafo segundo del artículo 31 de la Ley General de Control Interno dispone que los nombramientos interinos serán autorizados en forma previa y a solicitud de la administración, por parte de al Contraloría General. También requiere criterio con respecto a la modalidad de pago salarial que debe aplicarse en el caso objeto de consulta. En relación con la sustitución temporal del Auditor Interno cuando se ausent ...
Fecha publicación: 23/09/2005
Fecha emisión: 20/09/2005
Documento: 12072-2005.doc
Institución: INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL (IFAM)
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS


PAGE 2 R-DAGJ-305-2005 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las quince horas del treinta y uno de mayo de dos mil cinco.---------------------------------- Recurso de revocatoria, reconsideración y solicitud de adición y aclaración, interpuesto por Tecno Auto La Florida S.A. en contra de la resolución R-DAGJ-260-2005 de las 9:00 horas del dieciséis de mayo de dos mil cinco, que resolvió a su vez el recurso de apelación interpuesto por esa empresa en contra del acto de adjudicación de la Licitación Restringida 2005-01, promovida por el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, recaído a favor de Inversiones Wigo de San Luis S.A., por un monto de ¢ 8.000.000.00.-------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO: I.-Tecno Auto La Florida S.A. interpuso dichos recursos y solicitó adición y aclaración en contra del acto de adjudicación dictado por la Junta Directiva del IFAM, en la medida que existe una actividad procesal defectuosa pues cumplió con la garantía de participación, así como la apreciación errónea del Instituto de los filtros. Adicionalmente considera que en este caso no se respetan los principios de eficiencia, igualdad y libre concurrencia, pues la oferta con enos experiencia y que cotizó rubros pode debajo del valor es la que se está seleccionado para la prestación del servicio, oferta que considera como ruinosa. Por ello solicita que se anule la resolución o en su defecto se “revoque reconsiderando la misma, de lo contrario se admita se admita en forma subsidiaria adición y aclaración”.------------------------------------------------------------------------------------------------------- II. Que la presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.-------------------- CONSIDERANDO I.-Naturaleza de las gestiones interpuestas. Te ...
Fecha publicación: 04/06/2005
Fecha emisión: 01/06/2005
Institución: INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL (IFAM)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RECURSOS DE RECONSIDERACION Y REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO
Proceso: OTROS


1 5 R-DAGJ-279-2005 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las trece horas del veinte de mayo del dos mil cinco. ------------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por la empresa Corporación de Servicios Eléctricos y Electrónicos Alma S.A., en contra del cartel de la Licitación por Registro No. 01-2005, promovida por el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, para el mantenimiento preventivo, correctivo y servicio de emergencia para el sistema eléctrico, aires acondicinados, UPS, sistema de bombeo de agua potable y planta eléctrica. -------------------------------------------------------------------- I. POR CUANTO: El recurso interpuesto por Corporación de Servicios Eléctricos y Electrónicos Alma S.A. se presentó a las 15:48 horas del 06 de mayo del 2005. ---------------------------------------- II. POR CUANTO: Esta División confirió audiencia especial al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante, y remitiera una copia fiel del cartel de la presente licitación. ------------------------------------------------------------- III. POR CUANTO: El Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, mediante oficio DE-310-05 presentado el 17 de mayo del 2005, atendió esa audiencia especial. --------------------------------------- IV.-SOBRE LA FALTA DE LEGITIMACIÓN Y DE COMPETENCIA ALEGADA POR LA ADMINISTRACIÓN: En su oficio de contestación, la Administración licitante alega la falta de legitimación del objetante para plantear el recurso, ya que el artículo 87.1 del Reglamento General de Contratación Administrativa dispone que cuando la objeción la formule un representante, deberá acreditar dicha condición, y el firmante de la objeción interpuesta manifiesta ser representante legal de la empresa pero no demuestra tal condición. Además, alega que conforme a lo establecido en los artículos 89.1 y 89.2 del mismo reglamen ...
Fecha publicación: 26/05/2005
Fecha emisión: 23/05/2005
Institución: INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL (IFAM)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 3 R-DAGJ-260-2005 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del dieciséis de mayo de dos mil cinco.---------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Tecno Auto La Florida S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Restringida 2005-01 promovida por el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, recaído a favor de Inversiones Wigo de San Luis S.A., por un monto de ¢8.000.000.00.------------------------------------------------------------------------------------------------------ RESULTANDO I.- Que la firma apelante, interpuso recurso de apelación en contra de la adjudicación antes referida, en la medida que sostiene que el precio de la adjudicataria es ruinoso, por las cotizaciones realizadas en el rubro de lubricación y precio de la mano de obra en lubricación y reparaciones. Además, cuestiona el tiempo de entrega en lubricación como de imposible cumplimiento.------------- II.- Que mediante el auto de las 8:00 horas del 28 de abril de 2005, se confirió audiencia inicial sobre este recurso a la Administración y a la adjudicataria para que se refiriera a los hechos alegados como fundamento del recurso y ofrecieran la prueba que estimaran pertinente. En dicha audiencia se previno a las partes de una posible nulidad absoluta de todo el procedimiento, en el tanto el servicio se ha pretendido contratar mediante licitación restringida, no obstante que pareciera que por la naturaleza del contrato es de carácter inestimable.------------------------------------------------ III.- Que la presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.-------------------- CONSIDERANDO I.-Hechos Probados: Este Despacho para la resolución del presente recurso ha tenido por probados los siguientes hechos: 1) Que el Instituto de Fomento y Asesoría Mu ...
Fecha publicación: 19/05/2005
Fecha emisión: 16/05/2005
Institución: INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL (IFAM)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


1 2 Lic. Eider Villarreal Gómez 6 de mayo, 2005 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio No. 05137 6 de mayo, 2005 DI-AA-0914 Licenciado Eider Villareal Gómez Director Ejecutivo Instituto de Fomento y Asesoría Municipal Moravia, de entrada principal del Colegio Lincoln 100 oeste, 100 sur y 250 oeste Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio sobre refrendo de addenda a contratos de préstamo. Nos referimos a su Oficio DE-270-05 del 28 de abril del año en curso, mediante el cual consulta a esta Contraloría General si existe obligación por parte del IFAM de solicitar el refrendo a los addenda de los contratos de préstamo en los que se consigna readecuaciones de deuda por créditos que el IFAM concede a las municipalidades. En relación con la materia consultiva, este Órgano Contralor emitió la circular CO-529 del 26 de mayo del 2000, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 5 de junio de ese mismo año, en la cual, se estableció los requisitos mínimos que deben cumplir las consultas que se dirigen a esta Contraloría General. Entre dichos requerimientos podemos citar, que se evacuarán las consultas en forma escrita, siempre que versen sobre materias propias de nuestras competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante, la solicitud debe presentarse por escrito, debidamente firmada por el jerarca del ente u órgano consultante, con una detallada explicación sobre los aspectos que ofrecen duda y que originan la gestión y deben acompañarse del dictamen de la unidad especializada del órgano o ente consultante, en la materia de que se trate, salvo que se demuestre fehacientemente que no es posible cumplir con este requisito; en caso de que la consulta sea de índole legal, el respectivo criterio jurídico deberá contener la normativa que se considera aplicable al caso, la doctrina y jurispru ...
Fecha publicación: 09/05/2005
Fecha emisión: 06/05/2005
Documento: 05137-2005.doc
Institución: INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL (IFAM)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS